UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD PARA ACCEDER AL EMPLEO EN LOS SERVICIOS PORTUARIOS

El RD LEY 4/2017 de 24 de febrero, por el que modifica el régimen de contratación de los trabajadores para la prestación del servicio de manipulación de mercancías

Este RD establece el principio de libertad de contratación en el ámbito del servicio portuario, de modo que los operadores no están obligados a participar en ninguna SAGEP y pueden contratar con total libertad siempre que cumplan los requisitos establecidos para asegurar la capacitación profesionalidad de los trabajadores.

El art. 3 del citado decreto establece estos requisitos que son:

  • Título de Formación Profesional
  • Certificado de Profesionalidad de la Familia Marítimo-pesquera MAPN0712 Operaciones portuarias de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo (Anexo VIII Rd 988/2013 de 13 de diciembre)
  • 100 jornadas de trabajo acreditadas en la ocupación
  • Personal de buque que realice las mismas tareas

ENLACE AL CERTICADO

https://sede.sepe.gob.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/especialidades/MAPN0712.pdf