GJ1El desempleo juvenil español continúa siendo de los más altos de Europa y por tanto uno de los mayores retos para el Gobierno de la Nación. A pesar de que se ha reducido en 15 puntos la tasa de desempleo juvenil, el 46,5 por ciento de jóvenes entre 16 y 24 años no tiene trabajo.

Ante esta situación el Consejo de Ministros aprobó el 23 de diciembre el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (BOE 24 de diciembre de 2016), que trata fundamentalmente de flexibilizar los requisitos y facilitar el acceso a este sistema, ya que del millón potencial de beneficiarios sólo están inscritos 400.000 jóvenes se han registrado.

Esta iniciativa del Consejo Europeo, fue adoptada por el gobierno Español en febrero de 2013 y desde ese momento distintas administraciones públicas han desarrollado actuaciones dirigidas a favorecer la intermediación laboral, mejorar la empleabilidad, apoyar la contratación y fomentar el emprendimiento de las personas inscritas en este sistema.

Las principales novedades recogidas en el RD respecto a los requisitos de acceso son las siguientes:

1.- No haber recibido formación ni haber estado trabajando el día anterior a la solicitud de inscripción para cumplir los requisitos. Anteriormente se necesitaba un periodo de los 3 meses.

2-  Todas las entidades participantes en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil puedan establecer procedimientos específicos, para la inscripción de los jóvenes en el fichero único del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 3.-Los jóvenes inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, que cumplan con los requisitos de la Garantía Juvenil serán inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluso con efectos retroactivos, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.

Otra modificación que recoge esta nueva norma es la transformación en bonificaciones de las hasta ahora reducciones en la cotización a la Seguridad, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, para los incentivos a la cotización a la Seguridad Social a través de la tarifa plana de trabajadores autónomos o la contratación para la formación y el aprendizaje que beneficien a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

También se contempla la participación de los interlocutores sociales en el procedimiento de inscripción de los jóvenes y en la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

PDF CON BOE DEL 24 DE DICIEMBRE